martes, 3 de abril de 2018

CARGA FRAGIL



CARGA FRÁGIL:


Productos débiles a los cuales se les debe dar un cuidado especial en tanto  a manipulación,transporte y almacenaje.

EJEMPLO DE EMBALAJE DE TELEVISOR( CARGA FRÁGIL) :


INTERNO

EXTERNO

UNITARIZACION: se utilizara contenedor de 40´´ dry que tendrá 345 cajas de televisores plasma, sin apilar otra capa encima por que se puede producir daños.

MANIPULACIÓN: el manipuleo de la carga deberá ser a través de una maquina que la moviliza de un lugar a otro, sin embargo, aun existen personas que movilizan la carga . Para tal efecto se trataran ambas situaciones.

RECOMENDACIONES DEL TRANSPORTE: 
  • Es recomendable utilizar equipamiento y vehículos especializados montacargas, carretillas industriales o los elevadores.
  • Los vehículos deben permanecer limpios.
  • Las cargas de los camiones de carga no deben tener averías.
  • Ausencia de humedad en el transporte.
  • Vehículos con todo lo necesario es decir, correas y accesorios de amarre.


ETIQUETAS PARA CARGA FRAGIL:













lunes, 2 de abril de 2018

ANIMALES VIVOS




TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS:

El desafío de transportar animales vivos es un tema que se torna complejo en el terreno de la logística. Cada año, la industria aeroportuaria moviliza más de 40 millones de toneladas de carga de diferente tipo y complejidad, entre las que se incluyen diferentes especies de animales vivos.

Movilizar a los animales representa un gran desafío para los equipos logísticos a cargo de la operación por varios motivos:
  •  Muchos de ellos tienen lazo afectivo con sus dueños, lo cual incrementa la responsabilidad legal y el compromiso ético de las empresas de logística.
  • Algunos animales tienen un coste económico elevado para los exportadores y receptores.
  • Se trata de seres vivos que perciben el riesgo de las maniobras, que suponen una carga sensible y compleja y además, pueden experimentar reacciones inesperadas.





PARA ABORDAR LA PROBLEMÁTICA DEL TRANSPORTE DE LOS ANIMALES VIVOS, DEBEMOS TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES PAUTAS:

1.     lo fundamental a la hora de transportar animales vivos -ya sea exportarlos o desplazarlos dentro del mismo país- es que la empresa logística obtenga y/o tenga en regla todos aquellos permisos sanitarios requeridos por la ley.
2.     los equipos y el personal técnico responsables de la operación deben conocer las características físicas y psicológicas del animal, además de conocer y configurar todos los requerimientos legales que el país de destino de la carga haya emitido en relación al trato que debe brindarse a cada especie.


NORMATIVIDAD PARA TRANSPORTE AÉREO:

      la asociación internacional de transporte aéreo, (international air transport association, iata)
       cites (convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre)
       y la propia unión europea, entre otras.
      existen, por tanto diferentes manuales de operación y regulaciones del país de destino de la carga, información que debemos conocer y cumplir para proteger la integridad de la carga, sino también para resguardar a los países de destino frente al riesgo de eventuales plagas.

¿Por qué existen las normas sanitarias con respecto a transporte de animales?

      Las plagas y enfermedades de las plantas y los animales han sido una constante amenaza para la producción agropecuaria, por lo cual se aplican medidas de prevención, detección, control y erradicación para combatirlas internacionalmente, a través de barreras de defensa sanitaria.





¿Quién regula el transporte de animales vivos en Colombia?

Al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, en el Decreto Reglamentario 1840 de 1994, se le ratifica la responsabilidad en las áreas de sanidad animal y vegetal frente al comercio internacional.





Especificaciones para transportar seres vivos:

 Bienestar general

       Los animales deberían tener prioridad sobre las mercancías.
      Solamente se deberían transportar animales en buen estado de salud, pero pueden darse casos en que sea necesario, por bien del animal, trasladarlo a un lugar donde recibirá un tratamiento apropiado.
      No se deberían transportar nunca animales preñados o todavía dependientes de la madre; pero hay excepciones.
       No siempre resulta posible comprobar si un animal está preñado. Las hembras de muchas especies están preñadas gran parte de su existencia y, por ello, podría resultar difícil evitar su traslado cuando están en tales condiciones. No es aconsejable administrar calmantes porque no se conocen totalmente los efectos secundarios. Si se dan circunstancias excepcionales que induzcan a administrar calmantes, normalmente un veterinario calificado debería acompañar al animal.
      Evitar ubicar en el mismo contenedor, animales de especies diferentes; pero puede haber excepciones. Además, no debería haber en el mismo contenedor animales de la misma especie, a no ser que se sepa que son compatibles.
      Sólo se debería manipular los animales cuando es absolutamente necesario, es decir, en caso de enfermedad o de remoción de cadáveres.
      Alimentación y bebida: Depende de la especie del animal y de la duración de su traslado.. Para muchas especies, es importantísimo disponer de una apropiada provisión de agua, y se deberían tomar las oportunas medidas con objeto de evitar eventuales ahogos.
   Ningún animal debería transportarse junto a material radioactivo o a otras substancias peligrosas para la salud.
      Los contenedores se deberían acondicionar para evitar los efectos de todo posible movimiento en avión, tren, camión o barco y, cuando haya que trasladarlos, se prestará mucha atención para que siempre permanezcan en posición horizontal.

Contenedores:

      No se especifica de qué deberían ser los contenedores. Para muchos animales, el mejor material es la madera; pero bambú, cartón, aglomerado, plástico y metal pueden convenir, con frecuencia, para hacerlos.
     Se recomienda el empleo de poliestireno foraminado para reptiles, anfibios, peces e invertebrados.
      A fin de que haya rigidez y resistencia suficientes, casi siempre es necesario, si se emplea madera o aglomerado, hacer los contenedores en armadura.
  Los contenedores no debe haber clavos, tornillos, puntas de malla u otros materiales puntiagudos o ásperos que pudieran herir al animal.
      No se debe emplear pinturas toxicas o que irriten la piel en los contenedores.
      Para algunos animales, es preferible que la base del contenedor sea de listones o de malla, para que la orina y los excrementos pisoteados caigan en las bandejas que hay, debajo del piso, con material absorbente
      Los animales que acostumbran roer o arañar mucho, se deberían transportar en contenedores cuyas paredes estén recubiertas con láminas metálicas o con malla soldada de suficiente resistencia.
      Los pájaros viajan más agradablemente en penumbra y muchos mamíferos sufren menos si se pone una arpillera la cual podrá quitarse con facilidad para inspeccionar o dar de comer y beber. No debería obstruirse la ventilación.
   En muchos casos, es mejor si las puertas de los contenedores son correderas, porque se controla más fácilmente la entrada y la salida de los animales que con puertas abisagradas.
      Una de las causas de muerte de animales durante su traslado es la falta de aire y se debería hacer lo posible para que en los contenedores haya suficiente ventilación.
   Debería existir una precaución adicional para impedir la asfixia de animales, fijando dispositivos exteriores de separación en los lados, el techo y la base de los contenedores, el tamaño de esos dispositivos dependerían del tamaño del contenedor.
      Cuando el viaje es largo, el contenedor debería disponer del conveniente material para que los animales duerman y reposen; ciertos materiales, como paja, tal vez no pueden importarse en muchos países y por lo tanto, se deberían determinar las exigencias del país de destino si se utiliza ese tipo de materia.


Excepciones:

      Perros y gatos domésticos Los únicos animales que no requieren de Documento Zoosanitario para Importación son los pertenecientes a las especies Canis familaris y Felis catus (perros y gatos domésticos).




Perros:

      Los caninos domésticos para su ingreso al país deberán estar acompañados de:
-         Un certificado veterinario internacional en el que conste que el animal no presentó ningún signo clínico de rabia durante las 48 horas anteriores al embarque
-          y de los certificados de vacunación vigentes (máximo 60 días calendario) para las siguientes enfermedades:
-         Rabia ‒ virus inactivado (cuando procedan de países donde exista la enfermedad), Moquillo, Hepatitis, Leptospirosis y Parvovirosis.
-          Para países no pertenecientes a la Comunidad Andina adicionalmente se deben incluir los certificados de vacunación contra Parainfluenza y Coronavirus.

Gatos:

      Los felinos domésticos para su ingreso al país deberán estar acompañados de:
-         certificado veterinario internacional en el que conste que el animal no presentó ningún signo clínico de rabia durante las 48 horas anteriores al embarque
-         los certificados de vacunación vigentes (máximo 60 días calendario) para las siguientes enfermedades:
-         Rabia virus inactivado (cuando procedan de países donde exista la enfermedad) y Panleucopenia Felina.
-         Bajo ninguna circunstancia se permitirá el ingreso de felinos domésticos de países en donde se hayan presentado casos nativos de Encefalopatía Espongiforme Bovina y Felina.

DOCUMENTACIÓN:

      Para el transporte de animales vivos por vía aérea deberá de completarse como mínimo la siguiente documentación:
-         Guía aérea.
-         Certificado del expedidor.
-         Permiso de importación o exportación.
-         Certificado de salud sanitaria del país de origen.
-         Certificado de vacuna contra la rabia.
-         Tarjeta de vacunación colocada en el caso de ser mascota, el animal a transportar.
      El expedidor o agente autorizado es el responsable de completar y presentar la correspondiente documentación y certificación para el transporte de animales vivos en cada uno de los envíos.
   Cuando los animales vivos sean transportados como equipaje, se requerirá lo siguiente:
-         Certificado de Salud expedido por un médico Veterinario colegiado.
-         Certificado de vacuna contra la rabia.
-         Tarjeta de vacunas aplicadas al animal.
-         Certificado de inspección zoosanitaria expedido en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía en la oficina del INSAI.
-         Para transportar animales vivos (mascotas) como equipaje acompañado con destino a la Unión Europea, además de los requisitos establecidos en esta Regulación, el transportista aéreo debe exigir:
-         Certificado de Salud.
-         Certificado de colocación del Microchip.
-         Prueba de Anticuerpos Neutralizantes de la Antirrábica.
-         Certificado de Inspección Zoosanitaria para Mascotas (perros o gatos) certificado que se entrega en la oficina del INSAI del Aeropuerto Internacional.

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Algunas imágenes de contenedores para animales vivos: